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Contenido de demostración, no real. Este artículo es un ejemplo para mostrar cómo se verán las novedades; no es un análisis de Adán López Blanco ni constituye asesoramiento jurídico.

Imparcialidad judicial y sesgos cognitivos: lo que un litigante puede anticipar

La imparcialidad no depende solo de la ausencia de interés en el caso. La psicología cognitiva describe sesgos que pueden intervenir en cualquier decisión, también en la judicial.

Por Adán López Blanco 2 min de lectura

La imparcialidad del juez suele analizarse desde sus garantías clásicas: que no tenga interés en el caso, que no mantenga relación con las partes, que no haya adelantado opinión. Son garantías indispensables, pero dejan fuera una pregunta que la psicología cognitiva ha vuelto ineludible: ¿qué ocurre con los atajos mentales que cualquier persona, también un juez, utiliza al decidir?

Qué es un sesgo cognitivo

Un sesgo cognitivo es una desviación sistemática en la forma de procesar información y formar juicios. No es un defecto moral ni una forma de parcialidad consciente: es el resultado de mecanismos que permiten decidir con rapidez y que, en determinadas condiciones, conducen a errores previsibles.

Algunos de los más estudiados tienen una relación directa con el proceso:

  • El anclaje: la tendencia a quedar influido por una primera cifra o una primera hipótesis, incluso cuando es arbitraria.
  • La confirmación: la inclinación a buscar, valorar y recordar la información que confirma lo que ya se piensa.
  • El sesgo retrospectivo: la sensación, una vez conocido un resultado, de que era más previsible de lo que realmente era.

Por qué importa al litigante

Si la decisión judicial puede verse afectada por estos mecanismos, al litigante no le basta con tener razón: debe presentar su caso de manera que la razón sea visible y que el juicio no quede condicionado por un primer encuadre desfavorable.

Esto tiene consecuencias concretas en la preparación de un caso:

  1. El primer escrito fija el marco. La forma en que se presenta la controversia en la demanda o en la contestación puede convertirse en el ancla del análisis posterior. Conviene que ese marco sea preciso, completo y verificable.
  2. La prueba debe ordenarse para contrastar hipótesis. Presentar al juez los elementos que permiten descartar la versión contraria, y no solo los que confirman la propia, reduce el riesgo de una valoración incompleta.
  3. La conducta se juzga con la información disponible en su momento. En litigios sobre decisiones empresariales o actuaciones profesionales, el sesgo retrospectivo puede hacer que una decisión razonable parezca negligente. Reconstruir qué se sabía, y qué no, cuando se decidió forma parte de la defensa.

Una garantía que también se construye

Reconocer la influencia de los sesgos no supone desconfiar de los jueces, sino tomar en serio las condiciones en que se decide. Buena parte de la reflexión contemporánea sobre la imparcialidad apunta a que esta no es solo una cualidad personal de quien juzga, sino también el resultado de un proceso bien diseñado: con contradicción efectiva, motivación exigente y reglas que permitan detectar y corregir errores.

Para quien litiga, la lección es práctica: el método con que se construye y se presenta un caso también forma parte de la garantía de una decisión imparcial.


Sobre la imparcialidad judicial y los sesgos cognitivos, el autor ha publicado el libro Repensando la imparcialidad judicial. Una aproximación desde los sesgos cognitivos (Palestra Editores). Su trayectoria académica está en Mi CV.

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